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    Recomendado versus obligatorio: el vínculo potencial entre un Boletín de la FAA y el desastre de Air India

    El accidente del AI171 ilustraría las graves implicancias de no atender boletines no obligatorios, como el SAIB sobre interruptores de combustible de la FAA.

    11 de julio de 2025 - 22:16
    Accidente del Boeing 787-8 VT-ANB de Air India
    Accidente del Boeing 787-8 VT-ANB de Air India
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    El  accidente del vuelo AI171 de Air India en Ahmedabad el 12 de junio de 2025 podría perfilarse como un caso de estudio crítico sobre la gestión de riesgos en la aviación comercial. La investigación preliminar de la Oficina de Investigación de Accidentes de Aeronaves (AAIB) de la India estaría dirigiendo la atención hacia una cuestión sistémica: la interpretación y el peso que las aerolíneas darían a las diferentes comunicaciones de seguridad emitidas por las autoridades reguladoras.

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    Un Boletín Especial de Información de Aeronavegabilidad (SAIB) de la FAA de 2018, que advertía sobre una vulnerabilidad en los interruptores de control de combustible, sería ahora una pieza central en la investigación. El hecho de que sus recomendaciones no se hubieran implementado en la aeronave accidentada plantea preguntas fundamentales sobre los procesos de toma de decisiones en materia de seguridad.

    Los datos del registrador de vuelo del Boeing 787-8 (VT-ANB) sugerirían una secuencia de eventos alarmante. Segundos después de un despegue normal, ambos motores habrían perdido potencia de forma casi simultánea. El análisis del EAFR mostró que los interruptores de control de combustible pasaron de "RUN" a "CUTOFF". 

    fuel cutoff air india
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      La conversación en la cabina indicaría que esta acción fue inadvertida, con los pilotos mostrando sorpresa. Esto plantearía una pregunta fundamental: si no hubiese sido una acción deliberada, ¿qué pudo causar que un control tan crítico se moviera? La respuesta podría encontrarse en un documento emitido por la FAA casi siete años antes.

      El ecosistema regulatorio: entendiendo SAIB, AD y EAD

      Para comprender el contexto de la decisión del operador, sería esencial diferenciar las herramientas que utiliza la FAA para comunicar asuntos de aeronavegabilidad.

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      La Directiva de Aeronavegabilidad (Airworthiness Directive - AD): Es una orden legalmente vinculante emitida cuando la FAA determina que existe una "condición insegura". Su cumplimiento no es opcional.

      La Directiva de Emergencia (Emergency Airworthiness Directive - EAD): Es una AD de efecto inmediato para corregir un riesgo extremo que no puede esperar.

      El Boletín Especial (Special Airworthiness Information Bulletin - SAIB): Ocupa un espacio diferente. Se emite para alertar y recomendar sobre una preocupación que no cruza el umbral legal para una AD.

       

      El SAIB NM-18-33, en particular, advertía sobre el riesgo de que el mecanismo de bloqueo de los interruptores de combustible pudiera estar inoperativo. Si bien recomendaba un reemplazo de pieza específico para ciertos Boeing 737, la advertencia sobre el diseño era relevante para el Boeing 787 (con pieza P/N 4TL837-3D).

       

      SAIB Air INdia

      ¿Qué es una Directiva de Aeronavegabilidad de Emergencia (EAD)? Es una orden de cumplimiento inmediato de la FAA para corregir un riesgo de seguridad tan grave que no puede esperar los procesos habituales de una AD estándar.

      ¿Por qué la FAA emitiría un SAIB en lugar de una AD? La

      FAA lo haría cuando identifica una preocupación de seguridad pero determina que no cumple con el umbral legal para ser clasificada como una "condición insegura", que es el requisito para una AD. El SAIB sirve para recomendar e informar, no para obligar.

      ¿Qué preguntas plantea este caso sobre los SAIB? Plantea cómo los operadores deben evaluar los riesgos de un SAIB y cuál es el estándar de cuidado esperado, incluso si las recomendaciones no son legalmente obligatorias.

      La brecha regulatoria: "No Obligatorio" no significa "Sin Riesgo"

      La decisión de la FAA de emitir un SAIB en lugar de una AD se habría basado en que el problema "no es una condición insegura que justificaría una acción de directiva de aeronavegabilidad". Esta postura, en la práctica, transferiría la carga de la evaluación del riesgo al operador. Aquí es donde surgiría una compleja "zona gris" de responsabilidad y gestión de la seguridad.

      Ignorar tal advertencia, sin embargo, implicaría varios riesgos que irían más allá del simple cumplimiento regulatorio. Primero, se abriría la puerta a una enorme responsabilidad civil. En un escenario judicial post-accidente, un demandante podría argumentar que la aerolínea, al ser notificada por la FAA a través de un SAIB, conocía el riesgo y tenía a su disposición una mitigación simple y de bajo costo. El argumento no sería si la acción era obligatoria, sino si un "operador razonablemente prudente", con conocimiento del peligro, habría actuado.

      Segundo, y quizás más importante desde una perspectiva de seguridad operacional, representaría una potencial falla del Sistema de Gestión de la Seguridad (SMS) de la compañía. Un SMS robusto, pilar de la aviación moderna, está diseñado para tratar un SAIB como un peligro formalmente identificado que requiere un análisis de riesgo interno, independientemente de su estatus regulatorio. El proceso dictaría que el peligro (un interruptor de combustible defectuoso) se evalúe en una matriz de riesgo. La consecuencia (un doble apagado de motor en el despegue) sería siempre catastrófica, por lo que incluso una baja probabilidad daría como resultado un nivel de riesgo que, muy probablemente, exigiría una acción mitigadora.

      El debate necesario sobre los límites de lo no obligatorio

      El informe preliminar de la AAIB, al indicar que la inspección sugerida no se habría realizado por su carácter "consultivo y no obligatorio", no solo apunta a una decisión, sino que abre un debate profundo para la industria:

      ¿Cómo debería un Sistema de Gestión de la Seguridad (SMS) procesar, documentar y actuar ante un riesgo identificado en un SAIB?

      ¿Qué criterios utilizaría un operador para determinar que el riesgo descrito en un boletín es aceptable y no requiere la acción recomendada? ¿Se documentaría formalmente este análisis de riesgo para futuras revisiones y auditorías?

      Si una recomendación no obligatoria podría haber sido un factor para prevenir un accidente, ¿dónde recaería la responsabilidad final sobre la gestión de ese riesgo?

      Independientemente del resultado final de la investigación, el accidente del vuelo AI171 deberá ser el inicio de una conversación urgente y honesta sobre la filosofía de la seguridad. El debate no sería solo sobre un interruptor, sino sobre cómo la industria se asegura de que una "recomendación" de una autoridad de seguridad reciba el peso que merece para prevenir futuras tragedias.

       

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      • EASA
      AUTOR
      Pablo Diaz (Diazpez)
      Pablo Diaz (Diazpez)

      Desde 2017, haciendo periodismo aeronáutico. Award-Winning Journalist: Ganador de la edición 2023 de "Periodismo de Altura", otorgado por ALTA. Facts don't care about your feelings.

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