La FAA emite Directiva de Aeronavegabilidad urgente para todos los Boeing 747
La medida responde al descubrimiento de elevadores externos instalados en una aeronave sin los contrapesos necesarios para garantizar una operación segura.
La Administración Federal de Aviación (FAA) de Estados Unidos ordenó una acción inmediata para todos los modelos de Boeing 747 mediante la emisión de una nueva Directiva de Aeronavegabilidad (AD), identificada como AD 2025-09-08. Esta medida, efectiva desde el 5 de mayo de 2025, responde al descubrimiento de elevadores externos instalados en una aeronave sin los contrapesos necesarios para garantizar una operación segura.
El problema salió a la luz tras un reporte indicando que un Boeing 747-8F operó con un elevador externo derecho (número de parte P/N 654U6625-2412) que fue recibido e instalado sin dichos contrapesos. Se determinó que este número de parte, junto con su contraparte izquierda (P/N 654U6625-2411), fueron entregados incorrectamente sin los pesos, a pesar de que la documentación asociada indicaba que eran intercambiables con partes anteriores (P/N 183U3300-13 y P/N 183U3300-14) y que incluían los contrapesos. Según la información disponible, Boeing entregó un total de diez de estos conjuntos de repuesto (cinco de cada lado) a operadores desde el año 2022.
La ausencia de estos contrapesos en los elevadores externos representa una condición insegura. La FAA advierte que operar una aeronave en esta condición puede resultar en vibraciones anormales, buffeting, flutter (flameo aeroelástico) u oscilaciones. Estos fenómenos podrían llevar a la pérdida de control de la aeronave, comprometiendo la continuación segura del vuelo y el aterrizaje. Adicionalmente, la agencia señala que el desequilibrio de la pieza presenta un riesgo de lesiones para el personal de mantenimiento durante las tareas de instalación o remoción.
Para abordar esta situación, la AD exige que los operadores de todos los Boeing 747 cumplan con las acciones especificadas como "RC" (requeridas para cumplimiento) en el Boletín de Alerta de Seguridad de Boeing 747-BSA-55-001, fechado el 24 de abril de 2025. Las acciones incluyen una verificación de los registros de mantenimiento para determinar si los elevadores con los números de parte afectados están instalados, o alternativamente, una inspección visual general de los elevadores externos para confirmar la presencia física de los contrapesos. Si se detecta la ausencia de los contrapesos en las partes afectadas, se deben seguir las instrucciones de acción correctiva del boletín, que pueden incluir el balanceo adecuado de la pieza antes del vuelo.
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Es relevante notar que, si bien el boletín original de Boeing se enfocaba en las series 747-400, -400D, -400F, -8 y -8F, la FAA extendió la aplicabilidad de la AD a todas las variantes del Boeing 747. Esto incluye los modelos 747-100, -100B, -100B SUD, -200B, -200C, -200F, -300, 747SR y 747SP. La justificación de la FAA para esta ampliación es la naturaleza rotable de los elevadores; estas piezas pueden ser removidas y reinstaladas en diferentes aeronaves a lo largo de su vida útil, lo que implica que cualquier 747 podría potencialmente recibir una de las partes afectadas.
La FAA implementó esta AD como una regla final con efecto inmediato, omitiendo el período usual de comentarios públicos. La agencia justificó esta celeridad citando "buena causa", argumentando que el riesgo asociado a la condición insegura requiere una corrección sin demoras para proteger al público viajero. Los plazos específicos para completar las verificaciones o inspecciones requeridas se encuentran detallados en el Boletín de Alerta de Seguridad de Boeing, utilizando la fecha de efectividad de la AD (5 de mayo de 2025) como punto de referencia.
La agencia estima que esta directiva afecta a 170 aeronaves bajo registro estadounidense. El costo estimado para la verificación de registros o la inspección inicial es de hasta 340 dólares por aeronave. Los costos asociados a las posibles acciones correctivas que surjan de estas verificaciones no fueron detallados por la FAA. Los operadores tienen hasta el 20 de junio de 2025 para enviar comentarios sobre esta regla final a la FAA.
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