La FAA emite Directiva de Aeronavegabilidad para aviones Boeing DC-9 y MD-80 por riesgo de bloqueo de elevadores
Según la FAA, si la condición insegura no se corrige "podría resultar en la incapacidad de la aeronave para rotar a la velocidad de rotación VR, y llevar a un despegue abortado y una excursión de pista a alta velocidad".
La Administración Federal de Aviación de Estados Unidos (FAA) adoptó una nueva Directiva de Aeronavegabilidad que afecta a todos los modelos de aeronaves Boeing DC-9 y MD-80. La medida, identificada como AD 2025-09-11 y publicada el 8 de mayo de 2025 en el Federal Register, surge tras el descubrimiento de incidentes con elevadores atascados durante la fase de despegue.
La directiva impone una revisión mandatoria de la sección "Limitaciones del Certificado" del manual de vuelo de la aeronave (AFM) existente. Esta revisión deberá incluir un procedimiento específico para que las tripulaciones confirmen, antes de cada vuelo, que las superficies de los elevadores no se encuentran bloqueadas en la posición de borde de fuga hacia abajo (TED).
Según la FAA, la condición insegura abordada, si no se corrige, "podría resultar en la incapacidad de la aeronave para rotar a la velocidad de rotación VR, y llevar a un despegue abortado y una excursión de pista a alta velocidad". Este riesgo subraya la criticidad de la funcionalidad de los elevadores para el control de cabeceo del avión durante una de las fases más críticas del vuelo.
Los modelos afectados por esta AD incluyen una amplia gama de la familia DC-9 (series DC-9-10, -20, -30, -40, y -50) y todos sus derivados de la serie MD-80, específicamente los DC-9-81 (MD-81), DC-9-82 (MD-82), DC-9-83 (MD-83), DC-9-87 (MD-87) y MD-88. Estas aeronaves, con una extensa trayectoria operativa, continúan en servicio principalmente con operadores de carga, compañías chárter y algunas aerolíneas de pasajeros en regiones específicas.
La FAA considera esta AD como una "acción interina". Se informa que The Boeing Company actualmente desarrolla un cambio de diseño destinado a abordar de forma permanente la condición insegura. La agencia federal anticipa que, si se identifica una acción final posteriormente, podría considerar una reglamentación adicional.
El problema de los elevadores atascados en esta familia de aeronaves no es enteramente nuevo. Investigaciones previas de la Junta Nacional de Seguridad en el Transporte de EE. UU. (NTSB) sobre incidentes, como el ocurrido con un MD-83 de Ameristar Charters en Ypsilanti, Michigan, en 2017, ya apuntaban a que fuertes vientos localizados mientras la aeronave estaba estacionada podían provocar el bloqueo de los elevadores.
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Tras aquel suceso, la NTSB emitió recomendaciones de seguridad instando a la revisión de procedimientos. Boeing, en respuesta, ya había distribuido boletines de operaciones y revisiones a los manuales de operación de la tripulación de vuelo (FCOM) con verificaciones previas al vuelo. La nueva AD de la FAA eleva esta precaución a un requisito reglamentario integrado en el AFM.
Los operadores de las aeronaves afectadas dispondrán de un plazo de tres meses a partir de la fecha de efectividad de la AD, fijada para el 12 de junio de 2025, para incorporar la revisión en sus manuales de vuelo. La FAA estima que la modificación del AFM supondrá un coste de aproximadamente 85 dólares por aeronave, afectando a unos 104 aviones registrados en Estados Unidos, lo que implica un impacto económico total de 8.840 dólares para los operadores bajo su jurisdicción.
La agencia recibió comentarios sobre la propuesta de reglamentación (NPRM) por parte de The Boeing Company y un particular. Boeing solicitó una clarificación del texto referente a la condición insegura, la cual fue aceptada por la FAA para precisar que la incapacidad de rotar podría llevar a un despegue abortado y una posterior excursión de pista. Las solicitudes del particular, que incluían protocolos de pre-vuelo expandidos, entrenamiento inmediato y mayor supervisión, fueron consideradas por la FAA, la cual respondió que muchas de estas medidas ya están contempladas en regulaciones existentes o son responsabilidad de los operadores implementar a través de sus programas de mantenimiento y operaciones.
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