Los detalles de la innovadora financiación islámica de un Airbus A350 para Turkish Airlines
Turkish Airlines formalizó su primera operación de financiación bajo principios islámicos para la incorporación de un nuevo avión Airbus A350. La transacción se estructuró a través de un acuerdo de arrendamiento Ijarah y fue suscrita con el Dubai Islamic Bank (DIB), la principal entidad bancaria islámica de los Emiratos Árabes Unidos.
Este acuerdo, denominado en francos suizos (CHF), es el resultado de casi un año de negociaciones entre ambas partes y se alinea con la estrategia de la compañía de diversificar sus mecanismos de financiación a nivel global. Para celebrar el cierre de la operación, Turkish Airlines organizó una ceremonia en su sede central en Estambul.
La elección de un esquema Ijarah representa un paso relevante en las finanzas de la aviación. En este modelo, el banco adquiere el activo, en este caso el Airbus A350, y posteriormente lo arrienda a la aerolínea por un período y una tarifa acordados, en cumplimiento de los principios de la Sharia.
¿Qué es una financiación Ijarah?
La Ijarah es una modalidad de arrendamiento financiero utilizada en las finanzas islámicas. A diferencia de un préstamo convencional, el financiador (el banco) compra un activo y lo alquila al cliente. La propiedad del activo permanece en manos del banco, y el cliente paga cuotas de alquiler. Es una estructura común para la financiación de activos de alto valor como aviones e inmuebles.
¿En qué se diferencia del leasing?
Aunque a primera vista puedan parecer similares, la financiación Ijarah y el leasing (o arrendamiento financiero) convencional se basan en principios fundamentalmente distintos, especialmente en lo que respecta a la propiedad, el riesgo y la naturaleza de la ganancia.
¿Cuál es el principio fundamental?
Basado en la ley islámica (Sharia). Prohíbe el interés (Riba). La ganancia se obtiene del alquiler de un activo tangible, mientras que en el leasing la ganancia se estructura a través de una tasa de interés implícita en las cuotas.
El Presidente del Consejo de Administración y del Comité Ejecutivo de Turkish Airlines, Prof. Ahmet Bolat, comentó que esta operación "demuestra nuestro compromiso con la innovación financiera y el fortalecimiento de nuestra flota, al tiempo que marca un nuevo capítulo en nuestra cooperación con las principales instituciones de los EAU y de la región del Golfo en general". Agregó que en la compañía están complacidos por haber completado esta financiación en colaboración con DIB y esperan seguir desarrollando esta asociación en el futuro.

Esta colaboración también refuerza los lazos económicos entre Turquía y los Emiratos Árabes Unidos. Por su parte, el Dr. Adnan Chilwan, Consejero Delegado del Grupo DIB, declaró que "la fuerza de cualquier alianza reside en la ambición compartida, y esta colaboración con Turkish Airlines es un claro reflejo de ello".
De acuerdo con la aerolínea, esta operación apoya sus objetivos de expansión de flota a largo plazo con vistas a 2033, año del centenario de su fundación. Turkish Airlines mantiene su plan de incorporar instrumentos financieros globales para sostener su crecimiento y consolidar su posición en el sector aéreo, donde actualmente opera vuelos a más países que ninguna otra aerolínea.
Característica | Financiación Ijarah | Leasing Convencional |
Principio Fundamental | Basado en la ley islámica (Sharia). Prohíbe el interés (Riba). La ganancia se obtiene del alquiler de un activo tangible. | Basado en principios financieros seculares. La ganancia se estructura a través de una tasa de interés implícita en las cuotas. |
Propiedad del Activo | El arrendador (banco/financiera) debe poseer el activo antes y durante todo el período del contrato. La propiedad es real. | El arrendador compra el activo para el arrendatario. Actúa principalmente como intermediario financiero. |
Riesgo asociado | El arrendador (dueño del activo) asume los riesgos sustanciales de la propiedad (pérdida, daño mayor no imputable al usuario). | El arrendatario (usuario del activo) generalmente asume la mayoría de los riesgos y responsabilidades de la propiedad. |
Inicio de los Pagos | Las cuotas de alquiler solo pueden comenzar después de que el arrendatario reciba y acepte el activo en condiciones de uso. | Los pagos pueden comenzar desde la firma del contrato, incluso si el activo aún no fue entregado. |
Naturaleza de la Cuota | Es un alquiler por el uso (usufructo) del activo. No contiene un componente de interés. | Es una cuota que incluye la amortización del capital y un cargo por interés sobre el dinero prestado para adquirir el activo. |
Opción de Compra | Si existe, se documenta en un contrato separado e independiente (Ijarah wa Iqtina). La promesa de venta es unilateral por parte del arrendador. | La opción de compra es una parte integral del contrato de leasing desde el inicio. |
Penalizaciones por Mora | No se pueden cobrar intereses de mora. Se pueden establecer cargos por demora, pero estos fondos deben destinarse a caridad. | Se aplican intereses de mora y penalidades como ganancia adicional para el arrendador. |
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