¿Adiós a los cementerios de MD en San Juan y de SW en Córdoba?
La Administración Nacional de Aviación Civil emitió el pasado 26 de abril la Resolución N° 240, la cual dispone la remoción de una serie de aeronaves que se encuentran «abandonadas» en los aeropuertos de San Juan, Córdoba y Bariloche desde hace varios años.
En lo que respecta al aeropuerto «Domingo Faustino Sarmiento», la resolución hace mención a las matrículas LV-BGZ (MD-82 ex Austral), LV-VBZ (MD-88 ex Aerolíneas Argentinas) y LV-VAG (MD-83 ex Aerolíneas Argentinas), las cuales terminaron allí luego de que el grupo estatal empezara a reemplazar los MD con los Embraer, entre 2012 y 2013.

Por otro parte, en el aeropuerto «Ingeniero Ambrosio Taravella» de Córdoba, la resolución dispone la remoción de los tres Boeing 737-200 ex Southern Winds localizados desde hace más de 12 años al norte de la plataforma y que ya forman parte del paisaje: LV-ZZA, LV-ZZC y LV-YGB. Así también menciona al Aero Commander 680 matrícula LV-FYT, que lleva casi 20 años allí.

En el caso del aeropuerto de Bariloche, se menciona al Piper PA-23-250 (LV-HJE) y al Saab 340 LV-CEJ ex Sol, ambas aeronaves protagonistas de accidentes aéreos fatales en 2002 y 2011 respectivamente (desconozco qué tanto quedaron del fuselaje de ellas, pero estoy averiguándolo para incorporar la información a esta publicación, así como los tiempos para ejecutarlo).
El texto de la resolución especifica que la ANAC, a través de su Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios, será la encargada de gestionar la remoción, y que se contactarán con los titulares dominiales de las aeronaves para hacerles conocer que los costos de esas tareas recaerán sobre ellos.
Este es el texto completo de la resolución:
Por la Resolución N° 240 de fecha 26 de abril de 2018 (RESOL-2018-240-APN-ANAC#MTR) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, dictada en el marco del EXP-ANC:0001024/2017, se dispuso lo siguiente:
“ARTÍCULO 1° – Dispóngase la remoción de las aeronaves matrículas LV- BGZ, LV-VBZ y LV-VAG sitas en el Aeropuerto Internacional de San Juan, LV-ZZA, LV-ZZC, LV-YGB y LV-FYT sitas en el Aeropuerto Internacional de Córdoba y LV-HJE y LV-CEJ sitas en el Aeropuerto Internacional de Bariloche.
ARTÍCULO 2° – Facúltase al Director General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL para actuar como representante de esta Autoridad Aeronáutica de conformidad con lo expresado en el artículo 1° de la presente y gestionar la remoción de las aeronaves en cuestión.
ARTÍCULO 3° -Notifíquese la presente medida a los titulares dominiales de las aeronaves matrículas LV- BGZ, LV-VBZ, LV-VAG, LV-ZZA, LV-ZZC, LV-YGB, LV-FYT, LV-HJE y LV-CEJ, y póngase en conocimiento que los costos de remoción y mantenimiento de las mismas deberán ser soportados por ellos.
ARTÍCULO 4° – Comuníquese, notifíquese al Director General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios, infórmese al Departamento Registro Nacional de Aeronaves dependiente de la Dirección de Licencias al Personal de la Dirección Nacional de Seguridad Operacional sobre la presente medida, publíquese como edicto por DOS (2) días en el Boletín Oficial, y oportunamente archívese.
FDO. Dr. Tomás INSAUSTI –ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL”.