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Oficializan los requisitos para que las aerolíneas soliciten vuelos regulares

Ayer habíamos adelantado algunos de los puntos que se definieron tras la reunión que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC Argentina) había mantenido con representantes de las cuatro compañías aéreas que operan vuelos regulares domésticos: Aerolíneas Argentinas, Andes, Flybondi y JetSMART.

Y precisamente este viernes se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 304/2020 de la ANAC, la cual establece los requisitos a cumplir por los pasajeros que quieran volar (aunque todavía resta ver qué impone cada provincia a los pasajeros que arriban), y los que deben cumplimentar las líneas aéreas para obtener autorización de vuelos regulares de cabotaje.

En el artículo 4° queda oficializado que aquellas personas que “pretendan ser transportados por vía aérea” deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19, sea a través de las aplicaciones para celulares o el sitio web Argentina.gob.ar.

En lo que respecta a las compañías, los requisitos para obtener la aprobación de los vuelos son:

1-. Las empresas interesadas deberán remitir a la dirección indicada, con una antelación de no menos de 72 horas hábiles a la fecha prevista del vuelo o series de vuelos, la solicitud correspondiente.

2-.Dicha solicitud deberá ser acompañada de una declaración jurada de conocimiento de las prescripciones del Decreto 792/2020 de fecha 11 de octubre de 2020 o el que en futuro lo reemplace y la Resolución 221/2020 de fecha 13 de octubre de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACION.

3-. Una vez corroborado el cumplimiento de todos lo requisitos propios del ámbito de su competencia, la autoridad aeronáutica pondrá la solicitud a consideración de la autoridad provincial, quien deberá expedirse al respecto.

4-. En caso de aprobación, la ANAC notificará por vía de correo electrónico a la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, y a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO.

5-. Las lineas áreas deberán verificar que los pasajeros cuenten con el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”. En ningún caso podrán circular las personas que revisten la condición de “caso sospechoso” o la condición de “caso confirmado” de COVID-19, conforme definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del Decreto N° 260/20, su
modificatorio y normas complementarias.

6.- A los efectos de poder asegurar la trazabilidad de los pasajeros, y para le caso que sea requerido por motivos sanitarios, las lineas aéreas deberán conservar por el plazo de 3 meses el listado de pasajeros con su ubicación, para su provisión a las autoridades en caso de requerimiento.

7-. Los servicios de tránsito aéreo requerirán la autorización de la ANAC para aceptar el plan de vuelo.

8-. La aprobación del vuelo se encontrará sujeta al estricto cumplimiento de las normas, condiciones y protocolos específicos.

A pesar de esto desde las líneas aéreas se han mostrado disconformes por cómo se ha llevado adelante el proceso de reanudación de vuelos.

“Hoy ya podrías volar, y recién hoy se hizo la primera reunión de coordinación con todas las compañías aéreas”, comentó a Aviacionline una fuente cercana.

Así tampoco hay certezas respecto a cuánto demorará el proceso de autorización de vuelos ni cuál será la vigencia máxima de las programaciones, una cuestión esencial para una industria que suele vender pasajes con hasta un año de anticipación.

Documento

Resolucion ANAC 304-220 requisitos para solicitar vuelos

Anexo I

Resolucion ANAC 304-220 requisitos para solicitar vuelos anexo I
Edgardo Gimenez Mazó
Edgardo Gimenez Mazó
Cofundador de Aviacionline.com. Redactor en Aviación Comercial e Infraestructura. Product Manager. Basado en Rosario, Argentina, pero a uno o dos vuelos de cualquier lugar. edgardo@aviacionline.com

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13 COMENTARIOS

  1. Una de las cosas que tampoco es clara para el pasajero…
    Supon que compras el pasaje por que debes viajar a ver a un familiar u otro motivo de fuerza mayor, pero ese permiso dura 24hs, osea que tenes el pasaje pero no sabes si vas a poder viajar realmente por que el permiso se hace 24 ha antes.
    Eso no esta claro como será

  2. No entiendo nada, supuestamente volvían el 19? Cómo? No hay cronograma, van a confirmar los vuelos el sábado para el lunes? No es posible… no van a tener tiempo

  3. Muy de a poco nos van informando los pasos a seguir. Es increíble pensar que se tomaron 8 meses para llegar a este desastre: récord diario de nuevos casos, nuevas muertes, 5tos en el raking mundial, y aún subiendo.
    El Gobierno verdaderamente nos soltó la mano, 13% de desocupación, inflación casi al 3% mensual, dólar volando bien alto cada día más, 25000 muertos y contando…..
    Protocolos y bla bla, en estos 8 meses no hubieron vuelos. Ayer mismo se informó que una pasajera con COVID positivo fue autorizada para abordar un vuelo en EZE (Donde según Meoni y Tamborelli todo está dado para un óptimo control).
    Falta que algún Ministro pida llevar impresa una DDJJ diciendo que uno no tiene nada y listo!….Ah! Eso ya lo hicieron también….

  4. En el permiso para circular no hay una opción de fuerza mayor etc que sea por conexión internacional, yo necesito tomar el vuelo Cor-Eze para conectar con vuelo a LAX. Yo soy residente en EEUU. Y estoy volviendo a mi casa. En mi DNI argentino tengo domicilio en EEUU y en el formulario de circulación no permite poner domicilio extranjero, también pide domicilio de destino en Buenos Aires y no tengo ninguno porque solo iría hasta Ezeiza. Deberían considerar todas las opciones. Exigen el certificado pero está muy limitado o incompleto.

  5. Me pasa exactamente lo mismo necesito hacer escala en iguazu para cruzar a brasil y piden domicilio a donde voy a llegar (iguazu) pero lo que quiero es salir del territorio y para sacar el permiso no te da esa opción es un rollo , nadie responde correos ni llamadas. Si llegas a saber algo escribe por acá tu experiencia

  6. Hola Nicolas, yo pensaba lo mismo, pero lo podés sacar a través de la APP o internet unas horas antes el permiso una vez que este confimado que viajas. Tengo a mi hija en la misma situación que tiene que regresar a Bariloche, o sea repatriarla a su provincia y aun no puede

  7. Trsite, por não conseguir por enquanto estar com meu esposo…ele já tem residência e tal…mas eu ainda fico na categoria de turista.

  8. Me pasa lo mismo tengo q repatriar a mis hijos y me cancelaron 2 veces el vuelo de nqn a bs as .ahora me pasaron para el 26 de octubre .

  9. Yo nesesito ir a visitar a mi hermana que no se encuentra bien de salud y está sola como se hace o ya salieron los vuelos de turismo para. Argentina

  10. Alguien sabe si se puede poner la dirección del aeropuerto de Ezeiza como destino en el permiso? Yo, cómo veo también a otras personas en la misma situación, tengo que tomar el COR – EZE para conectar ese mismo día con un vuelo a México.. en auto pudimos ir sin problemas por un día a Caba para hacer trámites en la embajada, sería el colmo no poder subir a un avión para conexiones internacionales.. agradecería info

  11. Alguien sabe cuáles son los vuelos autorizados en Aerolíneas Argentina ya fijos COR-EZE para noviembre? No quiero comprar un pasaje y que me lo vuelvan a cancelar.

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