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LATAM: recortes abajo, dividendos arriba, incertidumbre en todos lados

Finalmente este lunes los trabajadores de LATAM Argentina, en línea con lo que ha ocurrido con filiales del grupo en otros países bajo el contexto de la pandemia del nuevo Coronavirus, recibieron el pago del 50% de sus salarios brutos utilizando como paraguas el artículo 223 BIS de la Ley de Contrato de Trabajo, el cual expresa que “se considerará prestación no remunerativa las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral y que se fundaren en las causales de falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada, pactadas individual o colectivamente y homologadas por la autoridad de aplicación, conforme normas legales vigentes, y cuando en virtud de tales causales el trabajador no realice la prestación laboral a su cargo”.

Tal y como ya se había anticipado en una comunicación interna de la aerolínea que circuló por redes sociales, el mismo fue depositado bajo el concepto “Acuerdo Art. 223 Bis” en el caso de aquellos empleados que suscribieron acuerdos individuales, mientras que aquellos que no lo hicieron por circunstancias particulares o por seguir el mandato de los gremios que se han opuesto a la medida, lo hicieron bajo el concepto “Anticipo Acuerdo ARt. 223 Bis”.

Y es que desde finales de marzo, cuando la empresa anticipó que se encontraba estudiando avanzar en medidas de reducción de costos sobre el personal para mitigar el impacto de la crisis provocada por la pandemia del nuevo Coronavirus (en conjunto con diferimientos o cancelaciones de inversiones por USD 900 millones), gremios como ATCPEA, APA y APTA salieron con los tapones de punta a criticar bajo la bandera de que “la variable de ajuste no deben ser los trabajadores”, y que el holding debería afrontar la tormenta utilizando las “millonarias ganancias obtenidas en los últimos años”.

“Sin ningún escrúpulo, la empresa utiliza como argumento que dichos métodos cuentan con el aval del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, lo que ha sido desmentido por funcionarios de dicho organismo. Ningún contrato individual deberá homologarse sin acuerdo del sindicato y APA claramente se opone y se opondrá a los mismos”, expresaron en diferentes medios. Por otro lado, en contacto con Aviacionline, un vocero de APLA expresó que “la empresa manifiesta actitudes de extorsión hacia los trabajadores”.

Ayer debería haber tenido lugar una reunión en el Ministerio de Trabajo entre representantes de la empresa y los gremios pero finalmente no se materializó.

La reducción de sueldos aplicará en principio para los meses de abril, mayo y junio, pero si las restricciones gubernamentales al movimiento de personas no se flexibilizan (lo que además depende de que la pandemia empiece a aplacarse), nadie puede asegurar que esta medida no se extenderá más allá.

De acuerdo a la misiva que la empresa dirigió a sus trabajadores, ningún salario bruto quedará por debajo de ARS 47.500 (USD 708), menos la retención del Impuesto a las Ganancias en los casos que corresponda. También se abonarán los aportes y las contribuciones a la obra social sobre el 100% del salario. Por otro lado, indicaron que han iniciado los trámites para incluirlos en el programa gubernamental de Asistencia para el Trabajo y la Producción.

Paralelamente se ofrecieron (sin demasiado éxito, de acuerdo a lo que nos comentaron personas allegadas) planes de licencias sin goce de haberes por seis y doce meses manteniendo los aportes sociales, el plan de salud y beneficios de viajes, así como planes de retiro voluntario que, dependiendo de la antigüedad, ofrecía además de la indemnización, beneficios como planes de salud por hasta 12 meses, sueldos adicionales y tickets.

El holding mantendrá durante mayo la suspensión del 95% de las operaciones a nivel global. Sólo las filiales de Chile y Brasil siguen operando algunos vuelos regulares de pasajeros, mientras que en las de Argentina, Colombia, Ecuador y Perú la paralización es total.

El CEO de la compañía, Roberto Alvo, manifestó la semana pasada que en diciembre la empresa podría estar operando a un nivel de entre el 60% y 70% de asientos disponibles por kilómetro.

Reparto de dividendos

Mientras todo esto sucedía, en Santiago de Chile el holding avanzó con la polémica medida de repartir dividendos por USD 57 millones entre sus accionistas.

Ante la lluvia de críticas (que del otro lado de la Cordillera también sufrieron empresas como Cencosud), desde LATAM explicaron que de acuerdo a la Ley de Sociedades Anónimas de Chile, las empresas están obligadas a repartir al menos el 30% de las utilidades líquidas de cada ejercicio, salvo que mediante voto unánime de los accionistas se decida lo contrario. En la Junta Ordinaria de Accionistas realizada el pasado 30 de abril, a pesar de las recomendaciones del Directorio, la moción alcanzó una insuficiente adhesión del 90%.

“Dado que no está el 100% de las acciones representadas en la junta, no se puede aprobar por unanimidad no dar dividendo, en consecuencia, se aprobó en esta junta aprobar dividendos”, señaló Ignacio Cueto, presidente de LATAM, en declaraciones reproducidas por medios chilenos.

El grupo aseguró que hacia fines de abril tenía en caja unos USD 1.300 millones, nivel que consideran “saludable” pero que irá en disminución si no se levantan las restricciones al movimiento de personas ni se reconstituye la demanda. “A medida que pasa el tiempo, la situación se vuelve más apremiante”, aseguraron a través de un comunicado interno.

A nivel global LATAM Airlines posee más de 43 mil empleados.

Desde el estallido del nuevo Coronavirus en Occidente a mediados de febrero las acciones de LATAM en la Bolsa de Santiago se han hundido hasta un tercio de su valor, para luego encontrar cierta estabilidad en abril.

 

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Edgardo Gimenez Mazó
Edgardo Gimenez Mazó
Cofundador de Aviacionline.com. Redactor en Aviación Comercial e Infraestructura. Product Manager. Basado en Rosario, Argentina, pero a uno o dos vuelos de cualquier lugar. edgardo@aviacionline.com

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4 COMENTARIOS

  1. Maravillas de las empresas que ajustan a sus trabajadores cuando pierden y…tamién ajustan a sus trabajadores cuando ganan.

  2. Yo no hubiera recibido los dividendos pese a que estoy sin trabajo pero: «Dado que no está el 100% de las acciones representadas en la junta, no se puede aprobar por unanimidad no dar dividendo, en consecuencia, se aprobó en esta junta aprobar dividendos”, y me van a depositar igual. ley es ley y hay que prever estas situaciones antes, lo demás son solo lamentaciones sin futuro.

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