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Desregulación de Servicios de Rampa: Intercargo y la vaca suelta

Hoy se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 49/2019, que dispone la desregulación del servicio de rampa en las terminales que componen el SNA (Sistema Nacional de Aeropuertos). Esto permite que una empresa formada a tal efecto pueda proveer esos servicios a los distintos operadores, sin que las aerolíneas necesiten tener un servicio propio o utilizar el -hasta ahora- único autorizado, Intercargo.

En su parte resolutiva, el decreto indica:

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) estará a cargo de la fiscalización del servicio de atención en tierra de aeronaves (“servicios de rampa”) como complementación del servicio público de uso de instalaciones, en los aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA) y demás aeródromos bajo jurisdicción del ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 2°.- El servicio de atención en tierra de aeronaves que se efectúe en el ámbito referido en el artículo 1°, comprende las siguientes prestaciones:

a) Dirección de maniobras hasta el lugar designado en plataformas, colocación de trabas y calzas y conos de seguridad, y viceversa.

b) Facilitación de elementos para el descenso y el ascenso de pasajeros a las aeronaves, y su desplazamiento en las instalaciones aeronáuticas (escaleras, autobuses, puentes de embarque y/o instalación que lo reemplace).

c) Carga, descarga y desplazamiento de equipaje, mercadería y otros elementos objeto del transporte aéreo.

d) Suministros a aeronaves, excluidos combustibles y lubricantes, lo cual comprende, entre otros, a la energía, aire, agua y comunicaciones.

e) Limpieza de cabinas, sanitarios, renovación de depósitos de tratamiento de desechos y retiro de residuos.

Se comprende en este ítem todo abastecimiento de suministros relacionados con dichas tareas, incluyendo desinsectación, desodorización y desinfección de habitáculos.

f) Lavado externo de aeronaves, a realizarse en los lugares aprobados.

g) Desplazamiento de retroceso (“push back”) desde la posición de parqueo hasta la posición de inicio de taxeo.

h) Toda otra actividad o servicio similar, coadyuvante o necesario para las prestaciones mencionadas precedentemente.

ARTÍCULO 3º.- Establécese que toda empresa habilitada por la Autoridad de Aplicación podrá prestar el servicio de atención en tierra a aeronaves, conforme a la reglamentación que se dicte al efecto.

ARTÍCULO 4°.- La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) será la Autoridad de Aplicación del presente decreto.

La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) aprobará las tarifas y adoptará las medidas que fueren necesarias para la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 5°- Deróganse el Decreto Nº 2145 del 20 de marzo de 1973 y sus modificatorios y el artículo 1° del Decreto Nº 698 del 24 de mayo de 2001.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI – Marcos Peña – Guillermo Javier Dietrich

Este era un reclamo de muchos operadores, y hasta de IATA. El año pasado Edgardo de Aviacionline le había hecho una nota muy interesante a Peter Cerda, que manifestaba justamente esto:

Peter Cerda de IATA: «La relación del gobierno argentino con la industria aerocomercial es buenísima»

Hay cosas por definir todavía, pero es un paso más hacia una desregulación del servicio de rampa, que busca ofrecerle opciones a los operadores. No hace mucho, consignábamos en esta nota que la autoprestación ya era posible, pero que enfrentaba desafíos para las compañías que no podrían justificar económicamente la creación de un prestador propio de servicios de rampa para los destinos que sirve con frecuencias bajas.

Aerolíneas tiene Aerohandling, pero la frecuencia y la cantidad de destinos justifican tal inversión. Lo bueno también termina siendo que Intercargo tendrá alternativas, y en un sistema cuyo precio será regulado por ANAC, la diferencia deberá hacerla la eficiencia. Lo que es seguro es que el negocio monopólico, caro e ineficiente de Intercargo finalmente deja de tener la vaca atada. Es entonces hora de mejorar para el operador principal del sistema aeroportuario nacional.

Es el primer paso de una desregulación completa, y si bien hay un camino por recorrer, se ha iniciado con este decreto. Veremos cómo continúa y cómo se implementa.

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Pablo Díaz (diazpez)
Pablo Díaz (diazpez)
Director Editorial de Aviacionline. Ante todo, data-driven.

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3 COMENTARIOS

  1. Soy yo, o proximamente saldrá algun referente de Intercargo a decir que tendran que reducir personal, y cosas de ese estilo debido a las “tierras abiertas”

  2. ¡Aplausos! Ojalá la entrada de nuevas empresas y la competencia resulte en un mejor servicio de handling.

  3. Quieren desregular el servicio para mejorar los costos y eficiencia… sin dejar de regular. No me refiero a cuestiones básicas, sino a que también quieren fijar los precios…. y resulta que siendo dueña de Intercargo, los precios son altísimos. Por qué no desregulan en serio, va a ser un éxito, y de paso copian ese éxito al resto de la economía…

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